Registro de Tarifas para Maniobras en Estaciones de Ferrocarril en Zonas Federales

Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario: Registro de Tarifas del Servicio Público de Maniobras en Zonas Federales Terrestres de las Estaciones de Ferrocarril del País



La Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF) es el organismo encargado de regular y supervisar el transporte ferroviario en México. Una de las funciones principales de la ARTF es el registro de tarifas del servicio público de maniobras en zonas federales terrestres de las estaciones de ferrocarril del país. En este artículo exploraremos en detalle este proceso y los requisitos necesarios para llevarlo a cabo.



Registro de Tarifas del Servicio Público



Los maniobristas que deseen aplicar tarifas o reglas de aplicación o modificar las ya registradas de los servicios que prestan deben realizar el registro correspondiente ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario. Este registro es fundamental para garantizar la transparencia y legalidad en las operaciones ferroviarias.



Documentos Necesarios



Para llevar a cabo el registro de tarifas del servicio público de maniobras se requiere la presentación de ciertos documentos. Entre los documentos necesarios se encuentran:




  • Escrito de solicitud: Debe incluir el nombre denominación o razón social del solicitante domicilio para recibir notificaciones nombre de la persona autorizada para recibirlas la petición que se formula los hechos o razones que motivan la petición el órgano administrativo al que se dirige y la fecha de emisión. El escrito debe estar firmado por el interesado o su representante legal.

  • Originales y copias de la documentación requerida.



Es importante seguir las indicaciones de la ARTF para la presentación correcta de la documentación. En caso de dudas se puede solicitar una guía para realizar el escrito libre a través del correo electrónico rlopejim@sct.gob.mx.

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Costos



El costo por el registro de tarifas del servicio público de maniobras en zonas federales terrestres de las estaciones de ferrocarril del país es de $1372.00 MXN. Es importante tener en cuenta este costo al realizar el trámite.



Opciones para Realizar el Trámite



Existen diferentes opciones para llevar a cabo el trámite de registro de tarifas del servicio público de maniobras:




  • Presencial: Se puede realizar el trámite en el Centro Integral de Servicios ubicado en las instalaciones de la ARTF en la dirección Nueva York No. 115 Segundo Piso Nápoles Benito Juárez Código Postal 03810 Ciudad de México. El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas.

  • Vía telefónica: Para obtener informes sobre el trámite se puede llamar al 57239300 extensión 73400.



Es importante seguir las indicaciones de la ARTF y cumplir con los requisitos establecidos para garantizar el correcto registro de las tarifas del servicio público de maniobras en zonas federales terrestres de las estaciones de ferrocarril del país.



Conclusión



El registro de tarifas del servicio público de maniobras es un proceso fundamental para asegurar la transparencia y legalidad en las operaciones ferroviarias en México. La Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario juega un papel clave en la regulación y supervisión de este sector garantizando que se cumplan las normativas establecidas.



Si eres un maniobrista que necesita aplicar tarifas o reglas de aplicación en tus servicios asegúrate de cumplir con los requisitos de registro establecidos por la ARTF y seguir los pasos necesarios para llevar a cabo el trámite de manera correcta.

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¡La correcta regulación del transporte ferroviario es esencial para un funcionamiento eficiente y seguro de este importante medio de transporte en México!

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Índice
  1. Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario: Registro de Tarifas del Servicio Público de Maniobras en Zonas Federales Terrestres de las Estaciones de Ferrocarril del País
    1. Registro de Tarifas del Servicio Público
    2. Documentos Necesarios
    3. Costos
    4. Opciones para Realizar el Trámite
    5. Conclusión

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